Procedimiento
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Delegaciones de Pleno.
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Versión
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1.0
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Fecha última actualización
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42762
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Descripción del procedimiento
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Acuerdo del Pleno sobre delegación de sus competencias en el Alcalde/sa y/o Junta de Gobierno Local.
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Forma de inicio
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De oficio
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Sujeto
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Alcalde/esa.
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Plazo de presentación
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Indeterminado
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Documentación
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Providencia de Alcaldía con propuesta de delegación de competencias concretas de entre las de Pleno en el/la propio/a Alcalde/sa y/o en la Junta de Gobierno Local.
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Lugar de presentación
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Secretaría General.
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Lugar de presentación
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a) Sede Electrónica. b) Servicio de Información y Atención al Ciudadanía (SIAC). c) Cualesquiera otra de las sedes que se regulan en el art. 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común (oficinas de correos, PROP, entidades adheridas a: ventanilla única, ORVE y SIR).
Están obligados a relacionarse a través de esta Sede Electrónica para la realización de cualquier trámite, al menos: a) Personas jurídicas. b) Quienes ejerzan actividad profesional que requiera colegiación obligatoria. c) Cualquier otro sujeto de los regulados en el art. 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común (entidades sin personalidad jurídica, empleados/as de las Administraciones Públicas y otros/as que puedan establecerse).
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Tributos
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No
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Órgano Gestor
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Secretaría General.
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Órgano que resuelve
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Pleno
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Plazo máximo de resolución y notificación
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Tres meses.
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Efectos del silencio administrativo
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Caducidad del procedimiento.
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Recursos posibles
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Recurso potestativo de reposición y/o recurso Contencioso-Administrativo.
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Fin de la vía administrativa
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Si.
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Legislación
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Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. RDLeg. 781/1986, Texto Refundido Régimen Local. Ley 8/2010, Régimen Local de la C.V. Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de Paterna. RD 2568/1986, ROF y RJEL.
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